Gestión catastral multipropósito
El Decreto 148 de 2020 define la gestión catastral como un servicio público que comprende el conjunto de operaciones técnicas y administrativas necesarias para el desarrollo de los procesos catastrales. Dentro de los procesos se encuentra la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral, cuyo objetivo es garantizar la información física, jurídica y económica de los inmuebles del territorio colombiano. (Decreto 148/2020)
Los usuarios
Todas las personas que hacen uso de la información catastral.
IGAC
El Instituto Geográfico Agustín Codazzi es la máxima autoridad catastral del país.
Los gestores catastrales
Entidades territoriales habilitadas y encargadas de adelantar la formación, actualización, conservación y difusión catastral.
Los operadores catastrales
Personas jurídicas, de derecho público o privado, quienes desarrollan labores operativas de insumo de la gestión catastral.
La Superintendencia de Notariado y Registro
(SNR) Entidad que ejerce funciones de inspección, vigilancia y control al ejercicio de la gestión catastral.
Los municipios
Entidades territoriales que tienen la autónomia para habilitarse como gestores catastral o contratar a un gestor catastral.
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